¿Cerrar dejando las deudas atrás?
Publicidad
Fin de la publicidad
Según publicaba hace unos días el diario de información económica Expansión, el gobierno de España está trabajando en un modelo por el cual, los autonómos que cierren su negocio no se vean atados de manera permanente con sus deudas. Esto, evidentemente, sería con una serie de condiciones que os relataremos someramente más adelante.
Sin embargo, y pese a las limitaciones que se le puedan poner, no deja de ser una buena noticia para todos aquellos emprendedores y autonomos que están pensando en crear un nuevo proyecto, o que ya lo han creado. ¿Y por qué es una buena noticia? Si todavía no sabes la diferencia entre un autónomo y una sociedad limitada, quizás deberías seguir leyendo.
Los autónomos responden con todo su patrimonio presente y futuro.
Pues sí, amiguitos, si eres montas un negocio como empresario individual y te va mal, respondes de las deudas con todo tu patrimonio. Esto ha hecho que muchos autónomos hayan arrastrado las deudas de intentar poner un negocio durante muuuucho tiempo, y es, sin duda alguna, una de las cosas que más pesan a la hora no lanzarse a la aventura de emprender.
Y es que esa es la gran diferencia entre un empresario individual, popularmente conocidos como autonomos, y las sociedades de responsabilidad limitada, básicamente las SL y las SA. Los empresarios idividuales responden con su patrimonio, mientras que las sociedades lo hacen con el capital social, 3.000 € en las SL, 10.000 € en el caso de las SA.
Hasta ahora, la posibilidad de asumir todas las cargas del negocio era un obstáculo muy difícil de superar por aquellos que estaban planteando la posibilidad de ser emprendedores.
El gobierno quiere cambiar la ley.
Más vale tarde que nunca, deben pensar en el gobierno del señor Rajoy. Tras toda una legislatura perdida para los emprendedores, autónomos y pymes, salvo alguna medida más cosmética que otra cosa, ahora parecen decididos a hacer algo por el componente más importante del tejido empresarial español.
Se estaría trabajando en un procedimiento de insolvencia para empresarios personas físicas y pymes. De esta forma, cuando se liquide el negocio se recibirá una quita total y definitiva de sus deudas. Esto hay que mirarlo con mucha precaución, pues de momento simplemente es un proyecto, y luego habría que ver las salvedades, condiciones y excepciones para que esto se produjera.
Esta medida, de todos modos, parece encuadrarse dentro de la llamada Segunda Oportunidad del Emprendedor, aprobada en el año 2013 y que ya preveía la posiblidad de que un emprendedor negociara el pago de su deuda con los acreedores apoyado por la figura del mediador concursal.
¿Quién podrá beneficiarse de esta medida?
Aquí radica obviamente el quid de la custión. De entrada está inspirada en la figura del fresh start norteamericano. Se facilitaría la quita de la deuda solamente a aquellos que vuelvan a ser autonomos después. Nada de cerrar el negocio para volver a trabajar por cuenta ajena.
Se deberá demostrar, obviamente, que el cierre del primer negocio se produjo por causas económicas, y no fraudulentas.
¿Qué deudas se podrán reducir y cómo?
Se dejarán únicamente aquellas deudas que se puedan afrontar, haciendo una quita de todas las demás. Veremos a ver que entiende la administración por «poder afrontar».
-Pagos a administraciones públicas, Hacienda y SS: Se podrían dar moratorias de 2 o 3 años.
-Deudas con acreedores privados: La quita definitiva será solo en caso de liquidación definitiva. La liquidación será cuando el emprendedor sea insolvente. Para esto se tendrá en cuenta que el deudor sea de buena fé, sin condenas en firme y/o que haya colaborado durante el concurso de acreedores.
-Creación de un mínimo inembargable que sería igual al salario mínimo interprofesional (SMI)
-Eliminación de los datos del emprendedor de los ficheros de morosos a los que se les haya concedido la segunda oportunidad.