Novedades fiscales para autonomos y pymes. Cuanto paga un autonomo.
A continuación les presentamos un pequeño resumen de las novedades fiscales de 2015 para pymes y autonomos.
2015 llegó ya hace unas fechas, y lo hizo cargado de novedades en las leyes fiscales. Este será un año que vendrá con muchos puntos nuevos en la legislación y que posiblemente esté marcado por nuevas medidas en la reforma fiscal que se aprobó en los últimos días del pasado año 2014, tras una serie de cambios sufridos desde que se aprobó el proyecto inicial a comienzos del verano del 2014.
A continuación les presentamos una pequeña recopilación de las medidas fiscales a las que se verán sujetos autónomos y pequeñas empresas durante este año 2015. También les presentamos otras novedades como los cambios en la cuota de autónomos y cambios en algunas prestaciones de la Seguridad Social.
Seguridad Social cuota de autónomos – cuánto paga un autónomo
Cuota de autonomos para 2015
Como ya viene siendo costumbre todos los años, este 2015 también ha traído una subida en la cuota que pagan los autónomos a la Seguridad Social. Este año se ha subido la base mínima de cotización un 1 por ciento desde los anteriores 875’70 euros hasta los actuales 884’40 euros mensuales, por tanto, la cuota que pagan la gran mayoría de los autónomos sube de 261’83 euros a 265’44 euros. Por otra parte la cuota de los autónomos que tienen una sociedad, es decir los autónomos societarios, sube hasta 315’97 euros. Para compensar, suponemos, la base máxima de cotización apenas sube un 0’25 por ciento y pasa de 3597 a 3606 euros mensuales.
Pagar la cuota de autonomos pensando en la jubilación.
Ahora se podrá optar libremente entre la base mínima y la base máxima de cara a la jubilación. Podrán hacerlo los autónomos que tengan menos de 47 años y también aquellos que tengan 47 años cumplidos el 1 de Enero de 2015, que se den de alta por primera vez en 2015 o cuya base de cotización en diciembre del año pasado haya sido igual o superior a 1926 con 60 euros mes. Los trabajadores autónomos que tengan ya 47 años cumplidos el día 1 de enero de 2015 y que su base de cotización sea inferior a esos mil novecientos 26 euros al mes solamente podrán incrementar la base de cotización hasta los 1945 con 80 euros. Por último, los mayores de 48 años a día 1 de enero de 2014 tendrán una base de cotización mínima que estará entre 953 con 70 euros y 1945 con 80 euros, salvo algunas excepciones.
Paro de autonomos o cesde actividad.
Paró de autónomos o cese de actividad: la aprobación de la ley de mutuas ha permitido aprobar nuevas medidas que en teoría están destinadas a facilitar la concesión del llamado paro de los autónomos, a partir de ahora para acreditar el cese de actividad solo habrá que alegar un 10 por ciento de pérdidas anuales y no el 30 por ciento de los ingresos como era obligatorio hasta ahora. Por otra parte, aquellos autónomos que estén en un sistema de módulos tan sólo tendrán que justificar un 10 por ciento de pérdidas contables, esto es, demostrar un 10% menos de ingresos que de gastos.
Tarifa plana de autonomos.
Tarifa plana para autónomos que contraten a empleados, ampliación:
Para los primeros meses de este 2015 se prevé que se apruebe la medida gracias a la cual autónomos que ya están constituidos y que generen un primer empleo a un menor de 30 años pueden acogerse a la tarifa plana. Para poder acogerse a la tarifa plana el autónomo debería mantener el puesto de trabajo el mismo tiempo que duran las bonificaciones .
Retenciones IRPF de los autónomos.
En este año de 2015 parece que por fin descienden las retenciones del IRPF que pagan los autónomos en sus facturas. Durante 2014 eran del 21 por ciento y a partir de este 2015 será del 19 por ciento y a partir de 2016 será del 18 por ciento. Recordar también que aquellos autonomos cuya renta es inferior a los 15.000 euros anuales sólo pagan un tipo del 15 por ciento desde el pasado mes de julio de 2014
Gastos deducibles
Gastos deducibles en el IRPF: para este 2015 se ha establecido un tope de 2000 euros dentro de la partida de gastos de difícil justificación. Por otra parte los autónomos que no estén dentro del RETA sino en una mutua de Previsión Social alternativa a la Seguridad Social se podrán dub deducir las cuotas por contingencias comunes.
IVA intracomunitario, nuevos lios.
IVA en la exportación de productos y servicios digitales a países de la Unión Europea: a partir de este 2015 autónomos y pymes que exportan productos o servicios digitales a otros países de la Unión Europea deben pagar el tipo de IVA que esté vigente en cada país de destino. Hasta ahora se pagaba el IVA en el país de origen, cosa lógia. Este tipo de medida está pensada para evitar fraudes fiscales con las grandes empresas como puede ser Google, pero para los pequeños empresarios no hace más que complicar las cosas, haciendo todavía más difícila la exportación, porque además deberán comprobar de manera fehaciente el domicilio fiscal de su cliente, y esto habrán de hacerlo de varias formas. Sobre este tema os informaremos más adelante en profundidad.
Os dejamos este interesante vídeo de CE Consulting sobre las novedades fiscales que nos ha traído este 2015.
Algunas fuentes consultadas para la realización de este artículo:
Los auténticos jefes.
¿Crear una empresa llevará un día?.
Ventajas para autónomos por el mundo.