Cual es la cuota que paga un autónomo en España

 

Mira cuanto paga un autonomo en España y llora.

Vale, has leído nuestra anterior entrada, y todavía quieres ser autónomo, pero te haces un lío sobre cuanto paga un autónomo en España. Pues no te preocupes. Te lo contamos lo más claro que sabemos.

Para ser autonómo lo que has de hacer básicamente es pagar. Pagar la llamada «cuota de autónomos», de esta manera estarás dado de alta en el RETA, o régimen especial de trabajadores autonómos.  Esta cuota, como no podía ser de otra manera en este país, varía bastante a menudo. Procuraremos mantener actualizada la cantidad que hay que pagar mes a mes.
Si eres autónomo tienes que pagar casi antes incluso de empezar. Lo bueno (con muchas entre comillas) es que los de la Tesorería General de la Seguridad Social se encargan de todo, vamos, que te domicilian el pago. Sí, parece poco, pero imagínete que encima hubiera que ir todos los meses al banco, o a tu oficina de la Seguridad Social o Hacienda a hacer el ingreso, en efectivo, y sin cambios, ufff….

 

Y ahora, vamos al lío.

La cuota esa dichosa es, en el fondo, un porcentaje sobre los sueldos que «alguien» calcula que vas a tener. Este sueldo teórico también se llama base de cotización, y cada año el (des)gobierno publica las mínimas y máximas. Este importe de la base de cotización condiciona los servicios a los que vas a tener derecho, y sobre todo, lo que vas a poder cobrar como pensión (si siguen existiendo) una vez que te jubiles.

Para este bendito año del señor de 2014, la base mínima está fijada en 875.70 €, y la máxima en 3597 €. El importe a pagar es el 29.8% de esa base, la mínima o la máxima, pero solo para los trabajadores que elijan tener cobertura en caso de prestaciones por incapacidad temporal (IT). Esta cotización por IT es obligatoria para todos los automonos, salvo que sean superactivos y estén en régimen de pluriactividad, cotizando por dicha prestación en otro régimen. En este caso, sólo en este, la cuota sería del 26.5%. Pero vamos, que la mayoría de vosotros váis a pagar por el 29.8%
Además, los pobres autónomos que no elijan la cobertura por accidente de trabajo (AT) y enfermedades profesionales (EP), pagarán un poquito más, un 0.1% más, por lo que su porcentaje final es del 29.9%.

Y esto que quiere decir. Pues que como la mayoría de vosotros váis a cotizar por la base mínima y tendréis ese porcentaje del 29.9%, vuestra cuota será 875.7*29.9%= 261.83 €. Esto todos los meses, tengas ventas o no. No esta mal, ¿no?

[Estos son datos de 2014. La cuota más común de autonómos para 2015 es de 265.44 €, la puedes consultar aquí]

Si habéis optado por la otra opción en la que la cobertura por IT está cubierta por otro régimen, vuestra cuota será de: 26.6% * 875.7 = 232.94 €, con lo que tendrás un gran ahorro de 261.83-232.94 = nada más y nada menos que 28.89 €…uauu, vaya ahorro!!!
Luego, desde 2013 está el tema de la tarifa plana de 50 €. En principio era sólo para los menores de 30 años. Luego se amplió a todos pero con una serie de requisitos…Este tema lo trataremos en otro artículo, pero vamos, tampoco te hagas muchas ilusiones…
También existe bonificaciones para los autónomos con discapacidad, residentes en Ceuta y Melilla, mayores de 65 años, etc.,

Y si tienes una sociedad…

También puede ser
que decidas dar el salto a lo grande y crear una sociedad. En ese caso, tu cuota cambia. Si tienes una sociedad, o has tenido 10 ó más trabajadores, tendrás que pagar más. En ese caso la base de cotización aumenta hasta los 1051.50 €, por lo que tu cuota también subirá.

Si estás en este caso, en vez de pagar como autonomo los 261 € de antes, ahora tendrás que pagar 314 € de vellón. Si es que en este país todos los empresarios son unos ladrones…

RESUMEN

Vamos, para dejarlo claro. Si eres un autónomo del montón, como casi todos, pagarás 261 €, ahora, mañana ya veremos. Y si tienes más de 10 trabajadores, o una SL, entonces pagarás 314 €. Todos los meses llueva, nieve o haga calor, tengas ventas o no, cobres o no…y luego además, está el tema de los impuestos, pero eso ya, será para otro día.

Os adjuntamos un vídeo de Pablo Borreguero Casado en el que habla sobre algunas de estas cosas.

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